Pertenezco a esa minoría -¿o mayoría?- de personas que rechaza tajantemente que los políticos se dediquen a decirme cómo debo vivir. Desconozco, como digo si es una minoría o una mayoría y, dada la costumbre de los organismos que realizan estadísticas a manipularlas a conveniencia de quien le encargue el estudio, tampoco me puedo fiar de ellas para saberlo. De hecho, en los departamentos de estadística, hay un lugar virtual al que llaman “la cocina”, que es donde, usando sólo los datos que interesen, se acaban dando los resultados que convienen.
Hay un aspecto de la controladora tutela del Estado que me cabrea especialmente. Lo podíamos llamar “la manipulación de los plazos”. Ahora vuelve a salir a la palestra a cuenta de la proposición de Ley para el aborto (interrupción voluntaria del embarazo para los políticamente correctos. Dentro de poco lo llamarán IVE para que el tema pierda aún más su carga moral y deje de herir la conciencia). Nos dicen hasta qué semana se puede abortar sin dar explicaciones. Tanto tiempo escuchando que los hombres éramos los culpables de que las mujeres tuvieran que llegar a tan dramática situación, y ahora resulta que no tenemos nada que opinar al respecto de un posible aborto. La publicidad es engañosamente feminista, la verdad. El eslogan público es: la mujer tiene derecho a decidir sobre su cuerpo. A priori suena muy bonito. Parece que nos devuelvan la patata: nos convertimos, por lo visto, en hombres objeto; o aún peor, meros portadores y transmisores de esperma que no tienen nada que opinar de las consecuencias de sus actos. Pero lo peor es que puede traer consecuencias legales perturbadoramente machistas, ya que si, a efectos legales, no se tiene en cuenta a la otra parte necesaria en un embarazo para decidir si el ser fecundado llega a la vida, imagino que la consecuencia lógica acabará siendo que, en caso de que sí fructifique en un niño, haya hombres que se escondan en la falacia de que al no tener poder participativo sobre si ese feto sobrevive, tampoco tiene porque alimentarlo, educarlo, etc. Creo que acabará con las famosas portadoras bucales de semen de tenistas.
Más lo agudiza el otro plazo. Las adolescentes de 16 años pueden tomar la píldora del día después sin el consentimiento de los padres. Paradójicamente, hasta los 18 años los padres son responsables ante la Ley, al menos en lo económico, de los actos que esos jóvenes puedan llevar a cabo. En el franquismo, la edad era de emancipación y mayoría de edad era de 21 años. Sin embargo, ahora mismo, no pueden ponerse un piercing o un tatuaje hasta los 18 sin permiso de sus padres. ¿Estamos todos locos? No son penalmente responsables hasta el mismo día que cumplen los 18. No pueden votar hasta los 18. No pueden conducir un coche hasta los 18. No pueden beber hasta los 18. No pueden entrar en una discoteca hasta los 18. Pero sí pueden medicarse en ese único aspecto de tanta trascendencia. Bueno, sí pueden matar, ya que no van a la cárcel; un reformatorio no es lo mismo. Los telediarios nos enseñan a menudo como algunos grupos violentos hacen torticero uso de ese aspecto. No entro tampoco–y hay para una conferencia- en el debate de la moralidad y de los riesgos médicos para las niñas y mujeres de este aspecto, pero sí que creo que ahonda de forma incomprensible en dejar recaer de nuevo la total responsabilidad de los embarazos exclusivamente en las mujeres. Y no sólo eso; si para una decisión de esa trascendencia no se cuenta con los padres, es posible que los padres acaben exigiendo que les eximan de toda responsabilidad respecto a sus hijos.
Pero la cosa me temo que va a ir mucho más allá. La mayoría de nosotros jamás ha tenido que soportar la lectura de un BOE (Boletín Oficial del Estado), que es donde se publican las leyes de este país para que comiencen a tener plena vigencia. Por eso, estoy casi seguro de que ninguno de vosotros leyó la Ley 3/2009 que apareció el 19 de mayo la Ley que el Parlamento de las Islas Baleares ha aprobado y que María Antonia Munar ha promulgado en nombre del Rey. Es un único artículo donde se establece que “son indignos de suceder” –o sea, heredar-: y da una serie de supuestos que entran bastante dentro de la lógica, como haber atentado contra el fallecido o su cónyuge o herederos, y otros motivos que parecen bastante sensatos.
Lo que llama la atención viene después. En Mallorca y otros lugares de España, los matrimonios son por separación de bienes, con lo que, lo que uno gana o tiene, no pertenece por mitades a su pareja, así que es relativamente frecuente que uno de los cónyuges done –regale- en un momento dado y casi siempre para protegerle de sus coherederos (hijos, padres, hermanos), algún bien a su pareja para que esta no quede desprotegida a su muerte. Pues bien, si bajamos hasta el artículo 4.3 de la nueva Ley, leemos: “Las donaciones entre cónyuges serán revocables (se pueden anular), por causas de ingratitud… Se consideran causas de ingratitud… el incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales”. ¿Adónde hemos regresado? Hacía mucho tiempo que no leía algo así. Os podéis ir pensando en una nueva Ley de plazos, que tanto gusta al Estado para controlar, no sólo lo que hacemos, sino también cuándo y cómo lo hacemos. Se verán obligados a desarrollar el Reglamento que especifique qué es incumplimiento reiterado de los deberes conyugales. ¿Cuántas veces tenemos que hacer el amor a nuestra pareja al día, a la semana, al mes o al año para que no nos pueda quitar lo que nos dio? ¿Tendremos que avisar a nuestros vecinos cada vez que usemos el tálamo nupcial para que puedan atestiguar si cumplimos o no nuestros deberes conyugales?
No sé –es retórica- si es para alegrarse por el miembro de la pareja que disfruta de una vida sexual más escasa de lo que desea –siempre hay uno que quiere más y otro que va queriendo cada vez menos- o para preocuparse del arma de coacción sexual que acaban de crear. “Cariño, hazme esa cochinada que me gusta, o les digo a los jueces que te quiten lo que te di”. Ya es lo que nos faltaba: que nos den un plazo coital. Aunque, la verdad, me lo esperaba.